La Agencia Nacional Española (ANE) de los programas Erasmus+: Juventud en Acción y Cuerpo
Europeo de Solidaridad, ante la situación actual, INFORMA:
Siguiendo las indicaciones de las autoridades sanitarias españolas se recomienda evitar todos
los viajes que no se consideren imprescindibles, especialmente a/desde las zonas de riesgo que
hayan sido declaradas como tales por las autoridades sanitarias.
En todo caso se recuerda que, en virtud Orden PCM/205/2020, de 10 de marzo, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de marzo de 2020, se ha establecido
la prohibición de los vuelos directos entre la República italiana y los aeropuertos
españoles.
En relación a los proyectos aprobados por la ANE, queremos incidir en los siguientes
aspectos:
Aplicación de la causa de fuerza mayor
- Las organizaciones beneficiarias decidirán y serán responsables, en cada caso, si adoptan un
aplazamiento o cancelación, aplicando la cláusula de
causa de fuerza mayor prevista en el artículo II.1 del Anexo I del Convenio de
subvención firmado entre las agencias nacionales y las entidades beneficiarias, y de acuerdo a las
guías de los programas.
-
Definición de casusa de fuerza mayor:
Cualquier situación o acontecimiento imprevisible y excepcional ajeno al control de las Partes
que impida a cualquiera de ellas cumplir alguna de sus obligaciones derivadas del convenio, que no
se deba a error o negligencia por su parte o por parte de los subcontratistas, las entidades del
mismo grupo o terceros que reciban apoyo financiero y que resulte inevitable a pesar de ejercer la
debida diligencia. No podrán alegarse como casos de fuerza mayor: los conflictos laborales, las
huelgas, los problemas financieros o la falta de un servicio, los defectos o la indisponibilidad de
equipo o material, que no sean consecuencia directa de una situación real de fuerza
mayor.
- Para poder acogerse a la situación de fuerza mayor, las entidades podrán justificarlo con las
recomendaciones de las autoridades competentes, tanto sanitarias como en materia de viajes y
restricciones a la movilidad por causa de interés público.
- En todo caso, la aplicación de este concepto o cualquier modificación del proyecto deberá ser
comunicada a la ANE para su autorización e incorporación a la documentación del proyecto.
Para la justificación de estas medidas en el proyecto, las entidades beneficiarias tendrán que
tener en cuenta las siguientes condiciones:
Con respecto a los costes adicionales en los que se pueda incurrir en el marco del
proyecto:
- Los beneficiarios tendrán que justificar debidamente las causas que han generado el gasto
adicional o la cancelación, en base a los costes reales, así como que no puedan ser financiados por
otros medios.
- Deberán incorporar una declaración firmada de la entidad beneficiaria, además de incluir la
aplicación de la causa de fuerza mayor en la justificación final del proyecto. Algunos ejemplos:
los costes derivados de un incremento del precio de los billetes debido a cambios, o pago de la
fianza de alojamientos que no se podrán utilizar por el aplazamiento o cancelación de la
actividad.
-
En ningún caso, estos costes podrán suponer un incremento de la cuantía total de la
subvención adjudicada, tal y como se establece en la normativa de los programas.
Con respecto a la duración de los proyectos
- La duración de los proyectos se podrá extender una máximo de 12 meses, sin exceder los 36 meses
de duración total.
- Para que la ANE pueda autorizar la prolongación del proyecto, ésta deberá ser comunicada antes
la fecha de su finalización. Se aplicarán las normas sobre modificación de proyecto establecidas en
el artículo II.13 del Anexo I de Condiciones generales de los Convenios de Subvención.
Indicaciones generales:
1. Los participantes con desplazamientos previstos a/o desde las zonas afectadas, podrán
solicitar su aplazamiento o cancelación.
2. En todo caso:
- Si se está en una zona afectada, se debe atender a las indicaciones de las autoridades
locales.
- Se recomienda acudir en todo caso a las embajadas, los consulados y los consulados honorarios
que prestan la asistencia consular necesaria y que ayudarán en todos los trámites que se
necesite.
Desde la ANE se hace un llamamiento a la tranquilidad y se recuerda seguir las indicaciones de
las autoridades locales, sanitarias y de asuntos exteriores, competentes en la materia cuya
información se actualiza en las siguientes páginas web: