Sí, pero con la partida destinada a la “Gestión y ejecución del proyecto”.
Para poder solicitar una contribución específica a los gastos derivados de la celebración de una actividad de formación, enseñanza y aprendizaje, la guía del programa establece como condición que los solicitantes deberán demostrar que las actividades de movilidad son necesarias para alcanzar los objetivos y resultados del proyecto.
Por tanto, una formación llevada a cabo de forma individual por cada organización para su personal no implica ningún tipo de movilidad, y tendrá que cubrir los gastos con la partida destinada a la “Gestión y ejecución del proyecto”.